La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado la condena impuesta por la Sección 4ª de la Audiencia Provincial de Madrid a Toño Sanchís como autor de un delito continuado de apropiación indebida en perjuicio de Belén Esteban y de su sociedad BEM Imaging, S.L. Con esta resolución, el tribunal madrileño ratifica íntegramente el fallo previo y declara firme la responsabilidad penal del exrepresentante, cerrando así la vía penal de un procedimiento que ha tenido una amplia repercusión pública.
Los hechos que dieron origen al procedimiento
El conflicto entre Belén Esteban y Toño Sanchís se remonta a la etapa en la que el representante gestionaba los contratos profesionales de la colaboradora de televisión. Según la sentencia de la Audiencia Provincial, durante ese periodo se produjo una gestión irregular de determinados ingresos y conceptos económicos vinculados a la actividad profesional de Esteban, lo que habría generado un perjuicio económico para esta y para su sociedad.
La Audiencia Provincial consideró acreditado que existió una apropiación de cantidades que no correspondían al representante y que, por tanto, debían haber sido destinadas a la titular de los derechos de explotación. Esa conclusión llevó a la condena por delito continuado de apropiación indebida, una figura penal que se aplica cuando la conducta se prolonga en el tiempo y afecta a diversos actos de gestión.
La condena de la Audiencia Provincial
La Sección 4ª de la Audiencia Provincial de Madrid condenó a Toño Sanchís a dos años de prisión, una multa de 2.100 euros y la obligación de indemnizar a Belén Esteban en la cantidad que se determine en ejecución de sentencia. La resolución, dictada en noviembre de 2025, consideró acreditado que el exrepresentante se apropió de algo más de 475.000 euros vinculados a la actividad profesional de la presentadora.
Según datos recogidos por Agencia EFE, la sentencia detalla que la colaboradora de programas como Sálvame o La familia de la tele firmó en 2009 un contrato de representación con la Agencia de Servicios Lorant S.L., gestionada de facto por Sanchís. El contrato establecía que la agencia cobraba todos los honorarios y transfería el 80 % a BEM Imaging, aplicando una comisión del 20 %. La Audiencia concluyó que, poco después de la firma y hasta 2015, Sanchís comenzó a aplicar comisiones superiores al 20 % pactado, instruyendo a la gestoría para facturar cantidades inferiores al 80 % y apropiándose de la diferencia.
EFE también recoge que la sentencia identifica 362.248 euros apropiados mediante esta técnica, además de 12.100 y 14.520 euros correspondientes a dos facturas no presentadas al cobro. A ello se sumaron 86.703 euros detectados posteriormente, elevando el perjuicio total a 475.571 euros vinculados a la actividad profesional de la que entonces era su representada. La defensa recurrió la resolución, solicitando su revisión y la reconsideración de los hechos, pero el TSJM ha desestimado el recurso y ha confirmado la condena en todos sus términos.
La decisión del TSJM: condena firme
El TSJM ha desestimado el recurso de Sanchís y ha confirmado la condena en todos sus términos. La Sala considera que la sentencia recurrida se ajusta plenamente a derecho y que los hechos probados constituyen un delito continuado de apropiación indebida.
Con esta resolución, la condena adquiere firmeza y se consolidan las obligaciones económicas derivadas del fallo. El tribunal destaca que existe prueba de cargo suficiente, fundamentalmente documental y pericial, además de las declaraciones de la presentadora y de varios testigos.
Una ruptura muy sonada
El enfrentamiento judicial entre Belén Esteban y Toño Sanchís ha sido uno de los asuntos más comentados de los últimos años en el ámbito televisivo. Durante más de una década, ambos mantuvieron una relación profesional muy estrecha, en la que el representante formó parte del entorno más cercano de la presentadora y gestionó su actividad pública y comercial. Toño, su mujer e hijos formaban parte del círuclo más íntimo de la empresaria. Sin embargo, ese vínculo saltó por los aires en 2015, cuando Esteban anunció públicamente la ruptura con su representante tras detectar discrepancias en la gestión de determinados ingresos vinculados a su actividad.
A partir de ese momento, la controversia adquirió una notable dimensión mediática y derivó en un proceso judicial que ahora queda cerrado en vía penal con la confirmación de la condena.
Qué implica la resolución
La firmeza de la condena implica que las obligaciones fijadas por la Audiencia Provincial deben ejecutarse conforme a lo establecido. Para Belén Esteban y su sociedad, la resolución supone la confirmación de que existió un perjuicio económico que debe ser reparado. Para Toño Sanchís, la sentencia firme consolida la responsabilidad penal derivada de los hechos.








