California prohíbe la venta de animales que no hayan sido rescatados

Los comercios tendrán que justificar el origen de las mascotas que se encuentren en sus tiendas

Por Gtresonline

El estado de California aprobaba a finales de 2017 una ley que pretendía regular la venta de animales domésticos. Un decreto que entraba en vigor el primero de este año, que prohíbe la venta de mascotas que no procedan de un refugio y que, además, multa a todos comercios que no puedan demostrar que los animales con los que comercializa han sido rescatados de alguna protectora. "El operador de una tienda de mascotas no debe vender un perro, gato o conejo vivo en una tienda de mascotas a menos que el perro, gato o conejo haya sido obtenido de una agencia pública de control de animales, refugio, sociedad para la prevención de la crueldad de los animales o grupo de rescate que tenga al menos un acuerdo de cooperación con algún un refugio público o privado", reza la ley AB-485.

Según el decreto, los minoristas deberán tener un registro de cada animal y documentar el origen de cada perro, gato o conejo que tenga a la venta. Además, deberán publicar, en un lugar visible de las jaulas o recintos en los que se encuentre cada animal, un letrero con el nombre de la entidad de la que se obtuvo cada uno de ellos para que las autoridades que registren periódicamente los locales tengan fácil acceso a esos registros. Quienes incumplan estas medidas serán castigados con multas de 500 dólares (unos 437 euros).

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Vacío legal

Esta medida pretende controlar la cría indiscriminada de mascotas en Estados Unidos. Además, así se conocerá la procedencia de cada animal, muchas veces de dudoso origen, cruzado con animales de su misma familia y con enfermedades congénitas. Según la Sociedad Americana para la Prevención de la Crueldad contra los Animales (ASPCA), cada año más de 6,5 millones de animales son recogidos por protectoras y refugios de todo el país, de los cuales, aproximadamente 1,5 millones son sacrificados.

No obstante, la ley solamente prohíbe la compra directa a minoristas. Las restricciones no se aplican a los criaderos y granjas ni tampoco a particulares, aunque se espera que la compra de animales de compañía se reduzca y que aquellos que quieran incorporar un nuevo miembro a su familia se decante por la adopción. Por estos motivos, numerosos comerciantes se han manifestado en contra de la AB-485, ya que consideran que solamente perjudica a los minoristas.

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Otros países

Cada vez son más países los que deciden apostar por este tipo de medidas, en los que se fomenta la adopción y se castiga la compra de animales. En Reino Unido, por ejemplo, se prohibía estas navidades la venta de cachorros de menos de seis meses en los comercios. En España, algunas comunidades como Madrid, la legislación no permite exhibir animales en escaparates o zonas expuestas a la vía pública y sólo los podrán adquirir aquellas personas mayores de edad que no estén incapacitados, o menores de 16 años con autorización de quien tenga su custodia o tutela. Además, condiciona la venta de perros y gatos físicamente en las tiendas, da prioridad a su adquisición por catálogo y busca el castigo contra el abandono y el fomento de la adopción.