PRIMICIA

Shakira gana a Hacienda y hace historia: la sentencia que pone fin a 8 años de lucha y le devuelve 60 millones


La Audiencia Nacional ha confirmado lo que la artista y su equipo legal sostuvieron desde el primer día, que nunca existió fraude


Shakira en el estreno de "Zootopia 2" en El Capitan Theatre de Los Angeles, California, el 13 de noviembre de 2025© Getty Images
Antonio DiéguezRedactor jefe ¡HOLA!
18 de mayo de 2026 a las 9:15 CEST

Buenas noticias para Shakira. La Audiencia Nacional ha dado la razón a la artista y ha anulado íntegramente las liquidaciones tributarias y sanciones que la Agencia Tributaria española le impuso por el ejercicio fiscal de 2011, al considerar que Hacienda no logró demostrar que fuera residente fiscal en España durante ese año. Esta resolución pone fin a una disputa iniciada hace 8 años entre la cantante y la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), centrada en determinar si Shakira debía tributar en España por la totalidad de sus rentas mundiales en 2011.

Shakira suma tres nuevas fechas a su residencia en Madrid© chriscornejo
Shakira gana a Hacienda y hace historia: la sentencia que pone fin a 8 años de lucha y le devuelve 60 millones

En total, Hacienda reclamaba a la artista 55.034.906,52 euros, correspondientes a una liquidación de 24,7 millones de euros por IRPF, una sanción de 24,9 millones vinculada a ese impuesto, una liquidación de 2,68 millones por el Impuesto sobre el Patrimonio y otra sanción adicional de 2,7 millones de euros. 

"Bajo el pretexto de unas obligaciones fiscales que los tribunales han demostrado que nunca existieron, Hacienda retuvo a Shakira indebidamente durante años 60 millones de euros, fondos que correspondían precisamente al capital de trabajo y a los gastos de esa gira mundial. Mediante esta resolución, el tribunal ordena a la Administración devolver íntegramente dicha cantidad a la cantante, junto con los intereses correspondientes y el reembolso total de los elevadísimos costes legales asumidos por la artista", señala su equipo jurídico. "La acusación carecía tan claramente de lógica o base fáctica, y la retención de esos fondos fue un abuso tan absoluto, que la Audiencia Nacional adoptó una medida excepcional: condenar en costas a la AEAT. Se trata de una sanción que el poder judicial aplica únicamente cuando aprecia temeridad y una absoluta falta de fundamento por parte de la administración tributaria", añaden.

Desde el inicio del procedimiento, la defensa de la cantante sostuvo que Shakira no era residente fiscal en España en 2011 porque no permaneció más de 183 días en territorio español. Según sus abogados, ese año la artista "estaba de gira mundial, realizando 120 conciertos en 37 países distintos". También sostienen que la intérprete colombiana "no tenía vivienda en España, ni hijos, ni tampoco estableció nunca su centro de negocios en este país; aun así, la Agencia la persiguió y la obligó a pagar impuestos sobre todos los ingresos de esa gira sin tener en cuenta sus gastos, provocándole enormes pérdidas y una persecución injusta e infundada con terribles consecuencias para ella". "Resulta desconcertante que la AEAT la persiguiera desde entonces, cuando todas las pruebas demostraban claramente que era físicamente imposible que la artista hubiera pasado el tiempo legalmente requerido en España", argumentan. 

Shakira y Milan© shakira
Shakira con su dos hijos, Milan y Sasha

La cantante recurrió inicialmente ante el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), que confirmó la posición de Hacienda. Posteriormente acudió a la Audiencia Nacional, que ahora revoca esa decisión.

La Audiencia Nacional recuerda en su resolución que, conforme a la legislación española, una persona es considerada residente fiscal en España cuando permanece en el país más de 183 días durante el año natural o cuando radica aquí el núcleo principal de sus intereses económicos o familiares. En este caso, el tribunal concluye que la Administración no consiguió demostrar ninguno de esos extremos.

La propia Agencia Tributaria situaba la permanencia de Shakira en España en 163 días, mientras que la defensa sostenía que fueron 143. La sentencia señala que, en cualquier caso, "dicha permanencia (…) no alcanza los 183 días" exigidos por la ley.

Además, la Audiencia considera acreditado que la artista permaneció fuera de España más de 183 días durante 2011 y rechaza la interpretación de Hacienda sobre las denominadas "ausencias esporádicas", al entender que no puede calificarse de esporádica una ausencia prolongada superior a ese periodo de tiempo.

La resolución también descarta que existiera en 2011 un núcleo familiar que permitiera presumir residencia fiscal en España. El tribunal recuerda que ese año la cantante no estaba casada ni tenía hijos residentes en el país, por lo que la existencia de una relación sentimental con una persona residente en España no bastaba para generar esa presunción legal.

Shakira en su concierto en Copacabana, Brasil, el 2 de mayo de 2026© Getty Images
Shakira en su concierto en Copacabana, Brasil, el 2 de mayo de 2026

En el plano económico, la Audiencia sostiene igualmente que Hacienda no acreditó que el núcleo principal de las actividades o intereses económicos de la artista estuviera en España. Según recoge la sentencia, la mayor parte de su actividad profesional y de las sociedades vinculadas a ella se encontraba fuera del territorio nacional. Por lo tanto, tal y como destaca el equipo jurídico de Shakira "también queda claro que las sociedades de la artista eran legítimas y que nunca existió ninguna estructura ficticia". 

Como consecuencia de estas conclusiones, la Audiencia Nacional declara contrarias a Derecho las liquidaciones tributarias y sanciones derivadas del procedimiento inspector correspondiente al ejercicio 2011.

La sentencia acuerda la anulación de las liquidaciones del IRPF y del Impuesto sobre el Patrimonio; la anulación de las sanciones impuestas y la devolución de las cantidades ingresadas, junto con los intereses legales correspondientes. Además, el tribunal impone las costas procesales a la Administración demandada.

La resolución subraya expresamente que el análisis se limita exclusivamente al ejercicio fiscal de 2011 y que las circunstancias personales o fiscales de años posteriores no forman parte del objeto del procedimiento.

Shakira durante un concierto en El Salvador, como parte de su gira 'Las mujeres ya no lloran'© Chris Cornejo
La Audiencia Nacional ha confirmado lo que la artista y su equipo legal sostuvieron desde el primer día, que nunca existió fraude

Reacción del entorno de la artista

Fuentes próximas a la cantante han mostrado su satisfacción por la decisión judicial y destacan que la vía contencioso-administrativa era el escenario en el que Shakira confiaba para defender su posición jurídica frente a Hacienda. En septiembre de 2024, la artista ya había criticado públicamente la actuación de la Administración tributaria en una carta personal en la que afirmaba que "una institución creada para servir a los ciudadanos no debería utilizar todo su poder y recursos para criminalizar caprichosamente a quien le convenga".

Images)© Getty Images
Shakira actúa durante su gira 'Las mujeres ya no lloran' en el estadio Jorge 'El Mágico' González de San Salvador, el 8 de febrero de 2026

Por su parte, José Luis Prada, abogado de la cantante y socio director de Prada Tax Advisors, señaló tras conocerse la resolución que el procedimiento había supuesto "un coste inaceptable" después de "ocho años de calvario". "Shakira tuvo la fortaleza y los recursos para llevar esto hasta el final, pero este modus operandi asfixia a muchos contribuyentes corrientes que no disponen de medios para defenderse", añade. Según Prada, la decisión de la Audiencia Nacional "supone un inmenso alivio y un motivo de profundo orgullo comprobar el rigor e independencia de nuestros tribunales". "Reconforta ver que, frente a posturas administrativas inaceptables, podemos confiar en un sistema judicial que realmente funciona y garantiza el Estado de derecho", concluye.