Miguel Benito, abogado laboralista, sobre si es legal pasar más de 10 horas fuera de casa por trabajo: "La legislación no establece un límite"


El experto, conocido en redes como 'Empleado Informado', aclara el vacío legal de la jornada partida, pero advierte de una 'línea roja' que muchas empresas cruzan


El abogado laboralista Miguel Benito Barrionuevo © Amagna Legal
27 de marzo de 2026 a las 15:02 CET

Puede que estés cumpliendo tu jornada… pero eso no significa que estés dentro de la ley. Cada vez más trabajadores sienten que pasan más de diez horas fuera de casa entre horarios partidos, pausas y desplazamientos. Y la duda es inevitable: ¿es legal? ¿Dónde está realmente el límite? Miguel Benito Barrionuevo (@Empleado_Informado), abogado laboralista y socio de Amagna Legal, lo deja claro: la ley no fija cuánto tiempo puedes estar fuera de casa, pero sí establece una línea roja que muchas empresas y trabajadores desconocen. Porque más allá de las horas que trabajas, hay un detalle clave que puede convertir tu horario en ilegal: el tiempo de descanso entre jornadas.​                                                                          

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Muchos trabajadores pasan más de 10 horas fuera de casa con jornada partida, aunque su tiempo efectivo de trabajo sea menor

 Muchas personas sienten que pasan más de diez horas fuera de casa por culpa de la jornada partida. Desde el punto de vista legal, ¿existe algún límite al tiempo total que un trabajador puede estar fuera de su domicilio por motivos laborales?

Desde un punto de vista jurídico, la legislación laboral no establece un límite al tiempo total que un trabajador puede estar fuera de su domicilio aunque si se regulan las pausas y descansos entre jornada, estableciendo que deben transcurrir 12 horas entre un día de trabajo y el siguiente.

Por otro lado el Estatuto de los Trabajadores regula la duración máxima de la jornada de trabajo, que con carácter general no puede superar las 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, pero no fija un límite al tiempo total fuera de casa cuando existen pausas o desplazamientos.

Por eso es posible que, con una jornada partida, un trabajador esté fuera de casa diez o incluso más horas, aunque su jornada efectiva sea menor.

Una persona puede estar fuera de casa muchas horas, pero solo una parte de ese tiempo se considera jurídicamente jornada laboral.

¿Qué diferencia hay, jurídicamente, entre la jornada efectiva de trabajo y el tiempo total que un empleado pasa fuera de casa cuando tiene jornada partida?

 La diferencia es fundamental.

La jornada efectiva de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador está prestando servicios o a disposición de la empresa, realizando sus funciones, en otras palabras, trabajando.

En cambio, el tiempo total fuera de casa puede incluir otros periodos que jurídicamente no se consideran trabajo, como:

- los desplazamientos desde el domicilio al centro de trabajo,

- el descanso para comer en una jornada partida,

- o pausas que no se computan como tiempo de trabajo.

Por lo tanto, una persona puede estar fuera de casa muchas horas, pero solo una parte de ese tiempo se considera jurídicamente jornada laboral

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La ley laboral establece un descanso mínimo de 12 horas entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente

¿Puede una empresa establecer una jornada partida que obligue al trabajador a estar fuera de casa durante diez o más horas al día si el tiempo de trabajo efectivo es menor?

En principio, sí puede ocurrir; no olvidemos que la empresa no es la que obliga, sucede así por las circunstancias personales de cada trabajador. Mientras se respeten los límites legales sobre duración máxima de la jornada, descansos y registro horario, una empresa puede organizar el trabajo mediante jornada partida. Esto significa que, aunque el trabajador solo tenga ocho horas de trabajo efectivo, la estructura de la jornada puede hacer que esté fuera de casa más tiempo, algo que, como apuntaba antes, dependerá de su domicilio, medios de transporte y, en general, circunstancias personales. Ahora bien, esa organización del tiempo debe ser razonable y proporcional, y en algunos casos podría discutirse si vulnera derechos como la conciliación o la normativa sobre descansos si genera situaciones abusivas, pero eso es meternos a analizar cada caso concreto. 

La normativa laboral habla de descansos entre jornadas. ¿Cuánto tiempo mínimo debe pasar legalmente desde que un trabajador termina su jornada hasta que vuelve a empezar la siguiente?

Como decía al principio, el Estatuto de los Trabajadores establece un descanso mínimo de 12 horas entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente. Esto significa que, si un trabajador termina a las 21:00, no podría volver a empezar antes de las 9:00 del día siguiente, salvo supuestos muy específicos regulados en determinados sectores. Este descanso es una garantía fundamental para proteger la salud y el descanso del trabajador.

En el caso de la jornada partida, ¿existe alguna regulación específica sobre cuánto debe durar el descanso entre los dos tramos de trabajo dentro del mismo día?

La ley no fija una duración concreta para el descanso entre los dos tramos de una jornada partida. Lo que sí regula el Estatuto de los Trabajadores es que, cuando la jornada continuada supera las seis horas, debe existir un descanso mínimo de 15 minutos, que en muchos convenios se amplía.

En las jornadas partidas, normalmente ese descanso es mayor —por ejemplo, una o dos horas para comer—, pero esa duración suele establecerse en los convenios colectivos o en la organización interna de la empresa.

El Estatuto de los Trabajadores establece un descanso mínimo de 12 horas entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente

 ¿Puede la empresa decidir libremente cuánto dura ese descanso intermedio o existen límites o criterios establecidos en la ley o en los convenios colectivos?

La empresa tiene cierto margen para organizar la jornada, pero no puede hacerlo de forma completamente libre; además de los descansos entre jornada, debe tener en cuenta que suele existir normativa sectorial (convenios colectivos) que lo regula.

En la práctica, la duración del descanso intermedio suele venir determinada por:

- el convenio colectivo aplicable,

- el contrato de trabajo,

- o los acuerdos internos de la empresa.

Miguel Benito Barrionuevo, abogado laboralista, explica que la legislación no fija un límite al tiempo total fuera de casa, pero sí regula los descansos© Getty Images
Miguel Benito Barrionuevo, abogado laboralista, explica que la legislación no fija un límite al tiempo total fuera de casa, pero sí regula los descansos

En la práctica, hay trabajadores que terminan muy tarde y vuelven a empezar muy temprano al día siguiente. ¿Qué ocurre si no se respeta el descanso mínimo entre jornadas?

 Si no se respeta el descanso mínimo de 12 horas entre jornadas, se estaría produciendo un incumplimiento de la normativa laboral.

Esto puede dar lugar a:

- Reclamaciones por parte del trabajador.

- Intervención de la Inspección de Trabajo que podría obligarles a cambiar los turnos establecidos, además de imponer sanciones económicas para la empresa incumplidora.

- El trabajador, dentro del plazo general de un año, siempre podrá reclamar la corrección del horario y, en determinados casos, una compensación por el exceso de jornada.

¿Qué derechos tiene el trabajador si considera que su horario o su jornada partida está vulnerando la normativa laboral?

 El trabajador tiene varias vías de actuación.

Puede, por ejemplo:

1. Solicitar a la empresa una modificación del horario.

2. Acudir a la representación legal de los trabajadores.

3. Presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo.

4. Impugnar judicialmente la jornada si considera que vulnera la normativa laboral o sus derechos de conciliación.

Pero recordemos que aquí dependerá de cada caso concreto.

La ley no fija una duración concreta para el descanso entre los dos tramos de una jornada partida. Lo que sí regula el Estatuto de los Trabajadores es que, cuando la jornada continuada supera las seis horas, debe existir un descanso mínimo de 15 minutos

¿Puede un convenio colectivo modificar los tiempos de descanso o las condiciones de la jornada partida respecto a lo que marca el Estatuto de los Trabajadores?

 Sí, los convenios colectivos pueden desarrollar o mejorar la regulación del Estatuto de los Trabajadores.

Por ejemplo, pueden establecer:

- Descansos mayores

- Límites específicos a la jornada partida

- o condiciones más favorables para los trabajadores.

 Sin embargo, nunca pueden empeorar los mínimos legales, como el descanso de 12 horas entre jornadas, incluso aun en el caso de que se compense al trabajador.

Los convenios colectivos y contratos pueden determinar la duración de las pausas en jornadas partidas.© Getty Images
Los convenios colectivos y contratos pueden determinar la duración de las pausas en jornadas partidas.

Para terminar, ¿qué aspectos debería revisar cualquier trabajador en su contrato o en su convenio para saber si su jornada partida se ajusta realmente a la ley?

Hay tres elementos fundamentales que cualquier trabajador debería revisar.

1º La duración de la jornada efectiva de trabajo y cómo se distribuye a lo largo del día.

2º Los descansos entre jornadas y durante la jornada, para comprobar que se respetan los mínimos legales.

3º Lo que establece el convenio colectivo, porque muchas veces es ahí donde se regulan los detalles de la jornada partida, los descansos y la organización del horario.

Con esa información se puede saber con bastante claridad si la jornada que está realizando se ajusta realmente a la normativa laboral.