Niño triste sentado en unas escaleras©AdobeStock

Familia

‘Mi expareja no cumple con el régimen de visitas a nuestro hijo, ¿qué puedo hacer?’

Te explicaos cuáles son los mecanismos legales con los que cuentas para solventar esta situación

En el año 2022 hubo más de 81.000 divorcios en España, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). La custodia compartida se otorgó en casi la mitad (45,5%) de los casos de parejas con hijos. Cuando hay que establecer un régimen de visitas, porque uno de los progenitores tiene la custodia, a veces se producen incumplimentos. ¿Cuál es la solución a este problema?

Para saber más de ello, hemos consultado con Candi Vives Gavilà, abogada y mediadora familiar de Alicante (www.abogadacvg.es), que nos cuenta qué sucede en estos casos y cómo resolverlos.

El incumplimiento del convenio regulador

Cuando las parejas que rompen se someten a un convenio regulador donde constan, entre otros, el régimen económico para sustentar a los hijos y el régimen de visitas, ambos están obligados a cumplirlo.

Por ejemplo, en el caso de las visitas, hay que tener en cuenta, tal como apunta la experta, que si el convenio ha sido aprobado en sentencia y uno de los progenitores no se atiene a ellas, “lo que está haciendo es incumplir una resolución judicial. Por lo tanto, el otro progenitor podrá interponer una demanda de ejecución del régimen de visitas para que cumpla con lo establecido en convenio”.

Hay varias circunstancias que suelen estar detrás del incumplimento del régimen de visitas:

  • Dejadez del progenitor. En este caso, el otro puede solicitar una modificación del convenio “para restringir las estancias y subir la pensión de alimentos”, indica la abogada.
  • Interferencias u oposición del progenitor que tiene la custodia. En ese caso, el progenitor al que no le dejan ver a sus hijos puede “pedir un cambio de custodia”.
  • Circunstancias laborales. Puede suceder que cuando se firmó el convenio, el progenitor que tiene que llevar a cabo las visitas tuviera otro régimen laboral y que un cambio posterior impida que las realice en esas circunstancias. “En ese caso, lo mejor es, de mutuo acuerdo, modifical el convenio adaptando las visitas a las nuevas necesidades de la familia para seguir manteniendo la relación paternofilial”, comenta la especialista.

“Los convenios reguladores judicialmente aprobados, por lo tanto, las sentencias de familia no se pueden modificar siempre que queramos”, advierte Candi Vives. Para hacer esa modificación debe haber un cambio sustancial en las circunstancias bajo las que se aprobó el convenio y que ahora conviene modificar.

Pareja discutiendo en presencia de la hija©AdobeStock

¿Qué hacer si el otro progenitor entrega tarde al niño de forma reiterada?

Otro de los problemas que pueden surgir durante las visitas con el progenitor no custodio (con el que no vive habitualmente el niño), es que el otro no se ciña a los horarios establecidos. La recomendación de la abogada de familia ante esta situación pasa por recabar todas las pruebas posibles, como mensajes al móvil y “en cuanto tengamos claro que se está entregando tarde a los menores de manera premeditada y reiterada, lo más adecuado es en primer lugar enviar un burofax para tener constancia y recordar al otro progenitor que debe cumplir el convenio en todos sus términos”.

Si siguiera ocurriendo y afectara a las estancias del progenitor con los hijos menores de edad, “se debería interponer una demanda de ejecución de sentencia para que sea un juez quien le obligue a la otra parte a cumplir con el convenio”.

¿Se pueden delegar las visitas en otro familiar?

Las visitas son un derecho tanto de los padres como de los hijos. “El poder relacionarse con ambos progenitores es un derecho irrenunciable del menor y, asimismo, es obligación de los progenitores tener a los hijos en su compañía, según establece el artículo 154 el Código Civil”. Esto significa, entre otras cosas, que un progenitor no puede renunciar a esas visitas.

No obstante, sí que puede haber un régimen de visitas bastante restringido, en función de factores como el lugar de residencia o el trabajo de los padres y, “por supuesto, este régimen de visitas puede ser suspendido por la autoridad judicial en casos concretos”.

Ahora bien, ¿puede el progenitor delegar las visitas en otro familiar? Como afirma Candi Vives, también las puede hacer la familia extensa, “incluso allegados, siempre y cuando sean beneficiosas para ellos”. Esto no significa que el progenitor pueda incumplir siempre el régimen de visitas para que estas, por ejemplo, sean realizadas por los abuelos. Cuando no se puede cumplir con ellas, “deberá solicitar una modificación de medidas”.

“Las familias evolucionan, cambian... y, por lo tanto, las medidas que se tomaron en su día puede ser que en la actualidad hayan quedado obsoletas y necesiten una revisión”, comenta.