Niño sentado con su perro en una pasarela©AdobeStock

Niños

Los derechos de los niños en la nueva Ley de protección de la infancia contra la violencia

La denominada Ley Rodhes, aprobada en junio, establece un nuevo marco de protección frente a la violencia contra los menores. ¿Cuáles son los puntos más importantes? ¿Cómo afectará al día a día?

El pasado 4 de junio se aprobó en España una nueva Ley de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia. El texto legal se ha denominado popularmente Ley Rhodes, en honor al pianista James Rhodes que sufrió abusos durante su infancia y que se ha convertido en un activista social contra este delito.

La ley regula distintos aspectos en relación a la violencia que pueden sufrir los niños en diferentes ámbitos. Estas son sus claves más importantes.

Protección de la imagen pública del menor

Uno de los aspectos en los que incide la ley es en garantizar los derechos a la propia imagen, al honor y a la intimidad del menor. Así, según explica Marian Navarro, abogada y socia de Le Morne Brabant Abogados en Murcia, las administraciones se pondrán en marcha para “detectar y retirar, a la mayor brevedad posible, los contenidos ilegales en redes que supongan una forma de violencia sobre los niños y adolescentes”.

Esta protección garantiza que no se puedan publicar ni difundir imágenes en medios de comunicación de niños que hayan fallecido a causa de la violencia. Así, “para difundir cualquier imagen en este caso será necesario contar con la autorización expresa de herederos o progenitores, evitando así la divulgación de imágenes de la víctima menor de edad, si no es deseo de la familia”, detalla la abogada.

Esta vía cierra la puerta al uso público indiscriminado de la imagen de menores, tal como habían solicitado familiares de víctimas como las del niño Gabriel Cruz.

Contenidos delictivos en redes

En la nueva ley se hace una nueva definición más amplia de la violencia que se puede ejercer contra los niños. Así, tal como explica Marian Navarro, se entiende que la violencia ejercida contra los menores puede tener distintas formas y se resalta la cometida a través de las redes sociales, incluyendo el bullying, “así como sus consecuencias, no solo físicas, sino que pueden derivar también en trastornos alimentarios (como anorexia o bulimia) o falta de autoestima (con autolesiones o intentos de suicidio), sobre todo en colectivos vulnerables”.

Esto significa en la práctica que están previstas sanciones para quienes, a través de Internet, inciten al suicidio, la autolesión o los trastornos alimentarios. Así, si se promueve, fomenta o incita al suicidio a menores de edad o con discapacidad ya sea por internet, el teléfono o cualquier otro medio tecnológico, puede haber penas de prisión de entre uno y cuatro años. La promoción de la autolesión también está castigada con penas de entre seis meses y tres años,”y de uno a tres años de cárcel si difunden contenidos que inciten a la comisión de delitos”, resalta la abogada.

Con respecto a la promoción de los trastornos alimentarios en las redes, algo que desafortunadamente es muy frecuente, los adultos que lo hicieran pueden ser castigados con pena de multa de seis a doce meses o pena de prisión de uno a tres años. Si los que difunden este tipo de contenido nocivo son menores, “estas penas pueden ser sustituidas por trabajos en beneficio de la comunidad o internamientos en centros de menores en lo supuestos más graves, así como hacer frente a la responsabilidad civil o a multas de las que serán responsables solidarios también los tutores legales”, indica la experta de Le Morne Brabant.

Niño con capa de superhéroe©AdobeStock

Novedades frente a los abusos

El texto legal introduce también algunas novedades con respecto a los abusos sexuales cometidos sobre los niños. Son las siguientes:

  • Los delitos prescriben más tarde. Muchos de los delitos sexuales cometidos contra niños o adolescentes quedan impunes porque cuando la víctima, muchas veces ya de adulto, se atreve a denunciar, el hecho ha prescrito. La nueva ley amplía los plazos para modificar cuando comienza a computar la prescripción del delito. Así, si hasta ahora el plazo empezaba a contar a partir de los 18 años, ahora será a partir de los 35, aunque en los casos más graves puede extenderse hasta los 55 años de la víctima.
  • Solo una declaración. Los niños víctimas de abusos ya no tendrán que declarar varias veces los hechos ante distintas instancias, sino que valdrá solo con una declaración que será grabada. Esto los protege frente al trauma de declarar en un juicio y revivir lo pasado en sucesivas ocasiones.
  • Denuncia en solitario. Los menores podrán denunciar la violencia ejercida contra ellos sin necesidad de estar acompañados por un adulto. Además, tendrán derecho a ser escuchados en procesos relacionados con la violencia a cualquier edad. La ley establece también que cualquier persona tiene obligación de poner en conocimiento de las autoridades “cualquier signo, indicio o presunción de situaciones de violencia hacia la infancia”, indica la experta.

Nuevos juzgados y otras novedades

La ley se detiene también en otros aspectos como el reforzamiento de la educación afectivo-sexual de los niños en todas las etapas educativas y la puesta en marcha de campañas de concienciación y sensibilización para un uso responsable de Internet, con el objetivo de evitar algunos problemas recientes como el consumo de pornografía entre menores y el acoso sexual a través de las redes.

Se prevé también la puesta en marcha de juzgados especializados en violencia cometida contra menores. En relación a la violencia ejercida en el hogar, será obligatorio retirar la patria potestad en caso de homicidio o asesinato al progenitor culpable si tenía hijos en común con la víctima.

En palabras de Marian Navarro, esta Ley “incluye un amplio paquete de medidas, que deberán tener su desarrollo reglamentario, pero en general sitúan a España en la vanguardia de la protección de los derechos de los menores”.

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