Imanol Arias ha sido condenado por la Audiencia Nacional a dos años y dos meses de prisión por cinco delitos fiscales cometidos entre 2010 y 2014. Un pena que se confirmaba este lunes tras el pacto que hizo el intérprete con la Fiscalía hace un año, pero que plantea una gran pregunta que se ha puesto hoy sobre la mesa. ¿Por qué el protagonista de Cuéntame cómo pasó no pisará finalmente la cárcel, si el castigo que le imponen es superior al tiempo mínimo que suele establecerse para acabar entre rejas?
Nos hemos puesto en contacto con un experto en la materia, el abogado penalista Juango Ospina, quien nos aclara esta y otras dudas sobre la sentencia al actor y su compañera Ana Duato -absuelta de todos los cargos- en el denominado caso Nummaria. En lo reelativo a Imanol, "se cumple con el requisito del artículo 80 del Código Penal, ya que al ser varias penas que ninguna supera el límite de 2 años, se puede suspender el ingreso en prisión", explica el letrado para arrojar luz sobre este asunto.
Efectivamente, tal y como refleja el escrito de 275 páginas del juez al que hemos tenido acceso, el actor ha recibido 5 condenas diferentes por delitos relativos al IRPF, que son las siguientes: 4 meses de prisión por el año 2010, 4 meses por el 2011, 6 meses por el 2012, 6 meses por el 2013 y 6 meses por el 2024. Son un total de 26 meses, suma que en cualquier caso no se fija en su conjunto por un único delito, de ahí que el intérprete eluda entrar en la cárcel.
Los atenuantes que le han aplicado a Imanol
El fundador de la firma Ospina Abogados también señala otros aspectos clave para que el actor de 69 años no se haya visto en la peor de las tesituras, lo que nos ayuda a entender y desenredar esta maraña judicial. "El tribunal le aplica el beneficio de la suspensión de la pena de cárcel por el hecho de haber llegado a lo que se conoce como una sentencia en conformidad. Es decir, que aceptó los hechos y los delitos que recogía la acusación del ministerio fiscal, y esto le permitió reducir las penas de los delitos".
"Primero: aplican una atenuante de reparación del daño por haber ingresado antes del juicio parte de la multa que pedía la agencia tributaria", que en el caso de Imanol Arias ha sido de 2,2 millones de euros. "En segundo lugar: le aplican la “confesión” tardía, esto es, que el tribunal valora positivamente su voluntad de "colaborar" y "cooperar" con la justicia". Y en tercer término, el letrado señala que también le aplican el atenuante de "dilaciones indebidas, es decir, por el transcurso de la investigación que se inició en 2016".
"Ana Duato ha sido más valiente"
Juango Ospina, quien en 2024 llevó con éxito la defensa de la familia de Edwin Arrieta en el mediático juicio contra Daniel Sancho, nos hace por último un balance de cómo ha visto el proceso: "Imanol optó por una línea de defensa habitual y muy poco arriesgada, ya que apostó por evitar la cárcel en lugar de pelear su inocencia como sí hizo Ana Duato".
Para el abogado, la actriz "luchó por su inocencia, algo que demuestra más valentía o un talante ante los indicios incriminatorios de los que ella consideraba no era responsable". Por ello, destaca que "la jugada le ha salido bien. Queda eximida al igual que pasó en su día con el exfutbolista Xabi Alonso", recuerda sobre el litigio que mantuvo con Hacienda el actual entrenador del Real Madrid y del que salió victorioso.