La Unión Europea pone fin a los DNI sin caducidad y obliga a los mayores de 70 años a renovarlo


El cambio afecta a miles de personas que deberán actualizar su documento antes de 2031


DNI mayores de 70 años© Redes Sociales
Ana ToroPeriodista y Locutora
27 de octubre de 2025 - 15:00 CET

El pasado mes, el Boletín Oficial del Estado (BOE) dio luz verde a una norma que reconfigura de forma definitiva el sistema de documentación nacional: los ciudadanos españoles mayores de 70 años que hasta ahora disponían de un DNI 'permanente' deberán renovarlo. Esta medida obedece a una exigencia de la Unión Europea con el fin de reforzar la seguridad de los documentos de identidad y armonizar los criterios en los Estados miembros.

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DNI electrónico

Históricamente, el DNI permanente había sido una ventaja para quienes alcanzaban los 70 años; o aquellos con gran invalidez, pues evitaba la carga burocrática de trámites periódicos. Sin fecha de caducidad, resultaba muy cómodo para jubilados y mayores con movilidad reducida. 

Pero ese privilegio ya no encaja dentro de los estándares comunitarios: el Reglamento (UE) 2019/1157, aprobado por el Parlamento Europeo y el Consejo, exige que todos los documentos de identidad incorporen ciertas medidas mínimas de seguridad y cuenten con una fecha límite de validez, incluso si esa fecha es simbólica.

Así, el BOE establece que quienes posean un DNI permanente deben renovarlo antes del 3 de agosto de 2031 para que siga siendo válido. Aunque la categoría de “permanente” desaparece oficialmente, el nuevo documento que se expida a los mayores de 70 años tendrá una “validez extendida” superior a diez años, en consonancia con el Real Decreto 255/2025.

Desde el punto de vista técnico, la renovación implicará la incorporación de medidas biométricas: imagen facial, dos huellas dactilares y un chip electrónico, con el fin de permitir la interoperabilidad entre los países de la UE. Esta mejora no solo satisface los estándares europeos, sino que aspira a prevenir fraudes, suplantaciones e incidencias en fronteras donde los documentos “permanentes” no eran siempre reconocidos.

Sin cita previa

Para los afectados, esta decisión puede generar dudas, pero hay dos matices importantes: primero, la renovación es voluntaria dentro del plazo (aunque eventualmente obligatoria para conservar la validez del DNI). Segundo, no se requiere cita previa en las unidades de documentación para realizar el trámite, lo cual facilita su ejecución.

Quienes posponen esta renovación corren el riesgo de encontrarse con que su DNI deje de ser válido para trámites, viajes o reconocimiento oficial. Por ello, se aconseja realizar la gestión con antelación. Además, este cambio administrativo puede generar descontento; especialmente entre personas mayores con menos acceso a recursos digitales, por lo que será importante que la administración simplifique y acompañe el proceso con facilidades logísticas.

En definitiva, aunque la desaparición del DNI permanente pueda verse como una pérdida simbólica, el argumento central es legítimo: adaptarse a los estándares europeos actuales, reforzar la seguridad y garantizar que todos los europeos cuenten con documentos que alcancen criterios de fiabilidad internacional. Para muchos mayores, se trata de una transición normativa que exige atención, pero también una oportunidad para contar con un DNI más moderno y seguro que responda a los retos del siglo XXI.

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