Tomar una decisión por cuenta propia en una comunidad de vecinos ya no es algo tan arbitrario como podría ser antaño. Ahora todo está más medido, controlado y tipificado por la Ley de Propiedad Horizontal (LPH)… así que, ojo, porque meterse en obras sin permiso puede traer problemas. Y aquí surge la duda estrella: ¿puedo cambiar el suelo de mi terraza porque sí? La respuesta rápida es no, incluso aunque la disfrutes en exclusiva.
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¿Por qué no puedes cambiar el suelo a tu antojo?
La mayoría de terrazas en comunidades de vecinos son elementos comunes de uso privativo. Esto significa que:
- Uso privativo: el propietario puede usarla en exclusiva.
- Elemento común: su estructura, impermeabilización y, en muchos casos, el propio solado, pertenecen al edificio, no al propietario.
El artículo 396 del Código Civil lo deja claro: el suelo, la cubierta y los elementos estructurales forman parte del conjunto común del inmueble.
Por eso, cualquier cambio visible, permanente o que afecte a esa estructura no se puede hacer por libre, aunque la terraza esté “vinculada” a tu vivienda.
Qué dice exactamente la Ley (art. 7.1 LPH)
El artículo 7.1 establece un equilibrio muy claro:
Lo que SÍ puedes hacer
Modificar lo que está dentro de tu vivienda, siempre que no afecte a la estructura ni a la seguridad del edificio.
Lo que NO puedes hacer
- Alterar elementos comunes.
- Cambiar la estética o configuración exterior del edificio.
- Perjudicar los derechos de otros propietarios.
- Realizar obras visibles en espacios que no son solo tuyos (como el suelo comunitario de una terraza).
Además, la ley exige comunicar previamente cualquier obra al presidente o al administrador. Y si afecta a elementos comunes, la junta debe autorizarla. Cambiar el suelo entra de lleno en ese supuesto.
Por qué cambiar el suelo se considera una alteración prohibida
Cambiar el solado implica modificar un elemento común, alterar la estética exterior del edificio, intervenir en la capa que protege la impermeabilización y dejar un cambio permanente. Por todo ello, la junta de propietarios debe aprobarlo previamente; de lo contrario, se considera una obra ilegal según la Ley de Propiedad Horizontal.
¿Qué pasa si lo haces sin permiso?
La comunidad puede actuar, y la ley la respalda. Puede requerirte que paralices la obra y, si no lo haces, acudir a un juez para ordenar la cesación inmediata; puede exigirte la reposición al estado original si has cambiado el suelo sin permiso, obligándote a volver a colocar el solado anterior y asumir todos los costes; y también puede reclamar daños y perjuicios si la obra provoca filtraciones, humedades o afecta a otros vecinos, en cuyo caso tú deberás hacerte cargo.
¿Y si la comunidad no autoriza el cambio? Hay alternativas legales
Que no puedas cambiar el suelo no significa que no puedas renovar la terraza. Estas opciones son válidas porque no afectan al elemento común:
- Césped artificial: se coloca encima del pavimento y se retira sin dejar rastro.
- Suelos vinílicos o PVC para exterior: sistema flotante, sin obra ni adhesivos.
- Tarimas o losetas “click” desmontables: se apoyan sobre el suelo original sin modificarlo.
El punto clave: nada que sea permanente ni altere la estructura.
¿Quién paga qué en una terraza de uso privativo?
Otra duda habitual es quién paga qué en una terraza de uso privativo. La comunidad asume los problemas estructurales, la impermeabilización y las filtraciones que afecten a otras viviendas, mientras que el propietario debe hacerse cargo del mantenimiento ordinario, la limpieza y los daños derivados de un mal uso. Todo esto suele venir detallado en el Título Constitutivo o en los estatutos.
