Un abogado experto en herencias avisa: "Sin testamento, tu hijastro no heredará absolutamente nada de ti"


Los hijos biológicos y adoptivos tienen derecho a la legítima, pero los hijastros quedan fuera de la herencia salvo que se les incluya en el testamento, explica el abogado y economista David Jiménez Hontanilla.


David Jiménez Hontanilla, abogado, economista y CEO de EYCO ABOGADOS
18 de septiembre de 2025 - 13:13 CEST

Formar una nueva familia es una de las decisiones más valientes y enriquecedoras de la vida. Cuando los hijos de tu pareja se convierten en una parte fundamental de tu día a día, el cariño no distingue entre lazos de sangre o de afecto. Sin embargo, la ley y, sobre todo, Hacienda, sí que lo hacen.

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Para aclarar cómo funciona este escenario, hablamos con David Jiménez Hontanilla, abogado, economista y CEO de EYCO Abogados, con más de 20 años de experiencia.

La cruda realidad: para la ley, tu hijastro es un extraño en tu herencia

El experto lo resume así: “Los derechos a la herencia, denominados legítimas, recaen sobre los hijos biológicos o adoptados, pero no sobre los hijastros”. ¿La consecuencia?

“El hijo de tu pareja o cónyuge no tiene derecho a tu herencia, salvo que, por testamento, dejes parte de la misma a ese hijo”.

El segundo obstáculo: Hacienda y la “tasa afectiva”

Jiménez Hontanilla advierte que la barrera no es solo legal, sino también fiscal. “A mismo importe heredado, el hijastro siempre pagará más impuestos que el hijo biológico o adoptado”, señala.

Los descendientes biológicos o adoptados tributan en el Grupo II, con mayores bonificaciones, mientras que los hijastros pertenecen al Grupo III. “Disfrutan de algunas reducciones, pero mucho menores”, explica el abogado.

Y añade un matiz esencial: “Cada comunidad autónoma tiene sus propias normas. En Madrid o Andalucía las bonificaciones son muy amplias, pero en otras regiones la factura puede dispararse”.

¿Donación o herencia?

Aquí, Jiménez Hontanilla es claro: “No hay una respuesta única. Depende de cada caso, de la normativa autonómica y del tipo de bien. Lo que sí está claro es que, a mismo importe, el hijastro pagará más que el hijo biológico o adoptado”.

Cómo igualar la balanza: las dos vías legales

Según el CEO de EYCO Abogados, existen dos caminos principales:

  1. La adopción: “Si es voluntad de todas las partes, la adopción es la vía más sencilla y fiscalmente más óptima, porque equipara al hijastro con un hijo biológico a todos los efectos”. Eso sí, recuerda: “La adopción rompe los vínculos jurídicos con la familia de origen del adoptado”.
  2. Las sociedades mercantiles: “En patrimonios de cierta cuantía puede ser interesante crear una sociedad para optimizar fiscalidad, pero siempre con límites legales y costes asociados”.

El “tetris” familiar: proteger a tu pareja y a los hijos

El experto aconseja dejar bien definido el reparto en el testamento: “La mejor forma de asegurarte de que tu pareja resida en la casa y que los hijos respeten esa voluntad es adjudicar en tu testamento el usufructo de la vivienda al cónyuge. Los hijos serían nudo propietarios y, al fallecimiento del viudo o viuda, la propiedad pasará a ellos”.

Y advierte contra la generalidad: 

“Cuanto más repartido se deje el testamento, adjudicando bienes concretos a cada heredero, mejor. Evitemos los testamentos genéricos”.

¿Y si la vivienda tiene hipoteca?

Jiménez Hontanilla aclara que es posible transmitirla, pero con matices: “Si donas un piso con hipoteca, una parte tributará como donación y la deuda asumida por el nuevo propietario tributará como compraventa (ITP), lo que encarece la operación. Además, el banco debe aprobar cualquier cambio en la titularidad del préstamo”.

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La importancia de revisar (y hacer) testamento

El experto subraya que un testamento no es eterno: “Conviene revisarlo cada vez que cambian las circunstancias familiares —un matrimonio, un divorcio, un nuevo hijo— para que refleje la voluntad real del testador”.

Y advierte de las consecuencias de no tenerlo:

“Si no hay testamento, la ley designará como herederos a los hijos biológicos o adoptados y, en su caso, al cónyuge, pero nunca al hijastro”.

La planificación como acto de amor

Para Jiménez Hontanilla, planificar es clave: “El testamento, redactado de forma correcta tras estudiar la situación personal y patrimonial, es la herramienta más efectiva para evitar conflictos y costes económicos”.

En definitiva, un acto jurídico que, bien pensado, se convierte en el mayor gesto de amor hacia toda la familia.

© ¡HOLA! Prohibida la reproducción total o parcial de este reportaje y sus fotografías, aun citando su procedencia.