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Alegría Cuevas, abogada: "Heredar en Madrid, Andalucía o Murcia puede costar un 99 % menos que en Asturias, Cataluña o Comunidad Valenciana"

La experta analiza dónde se paga más y menos por heredar, cómo evitar errores legales y cuándo conviene donar en vida


11 de julio de 2025 - 10:36 CEST

Heredar en España puede salir prácticamente gratis o costar una auténtica fortuna, dependiendo de en qué comunidad autónoma vivas. El motivo está en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, cedido a las regiones, que aplican políticas fiscales muy distintas: mientras algunas ofrecen bonificaciones cercanas al 99 %, otras imponen una presión tributaria mucho más elevada.

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Madrid, Andalucía o Murcia pueden ahorrarte hasta un 99 % en impuestos al heredar, mientras que en Asturias, Cataluña o la Comunidad Valenciana la factura puede ser muy elevada. La abogada Alegría Cuevas, socia directora de Le Morne Brabant Abogados, analiza las claves legales, los errores más comunes y cuándo conviene donar en vida para pagar menos.

Comunidades donde heredar es casi gratis

Según Alegría Cuevas, “el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) está cedido a las comunidades, que aplican bonificaciones y reducciones muy distintas”. Algunas de ellas han establecido ventajas fiscales muy favorables para herederos directos (hijos, padres y cónyuges):

  • Madrid: aplica una bonificación del 99 %.
  • Andalucía: también bonifica el 99 %, sin apenas límites económicos.
  • Murcia: la bonificación del 99 % alcanza a los grupos I y II (descendientes, ascendientes y cónyuges).

Comunidades donde heredar sale caro

En otras regiones, heredar puede suponer un desembolso importante, especialmente si el patrimonio es medio o alto. Alegría Cuevas destaca estas tres comunidades:

  • Asturias: “Bonificaciones muy limitadas y un escalado progresivo fuerte.”
  • Cataluña: “Aplica reducciones por parentesco, pero sin bonificaciones tan elevadas como en otras comunidades.”
  • Comunidad Valenciana: “Ha eliminado parte de las bonificaciones que existían; el coste puede ser elevado, especialmente en segundas transmisiones.”

¿Se puede cambiar de comunidad para pagar menos?

La respuesta es sí, pero con condiciones muy claras. La abogada advierte que “el cambio de residencia del causante a una comunidad con bonificaciones altas puede ser una estrategia válida, siempre que se cumpla la normativa”. Y matiza:

“No basta con empadronarse unos meses antes de fallecer: se exige una residencia efectiva y prolongada durante los cinco años anteriores, computados día a día.”

Además, añade que “hacienda vigila especialmente estos casos para evitar fraudes de ley”, por lo que insiste en que esta planificación “debe hacerse con antelación (mínimo cinco años) y con asesoramiento jurídico y fiscal especializado”.

Tres errores que salen caros

Según Alegría Cuevas, hay tres fallos muy comunes que pueden poner en riesgo una herencia:

Aceptar sin analizar 

“Muchas personas aceptan la herencia sin saber si incluye deudas, lo que puede comprometer su patrimonio personal.”

Ignorar los plazos 

“Aunque la herencia no genere pago por existir bonificaciones, la presentación del impuesto es obligatoria. También se suele desconocer que las normativas varían según la comunidad donde el causante residiera los últimos cinco años.”

Actuar sin formalizar 

“Disponer de los bienes heredados sin haber aceptado formalmente la herencia puede invalidar actos como vender, alquilar o reformar.”

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Donar en vida: ¿sí o no?

Donar bienes en vida puede ser una vía útil para planificar el reparto del patrimonio y reducir tensiones familiares, pero no siempre conviene. Alegría Cuevas desgrana las ventajas y los riesgos:

Ventajas

  • “Permite anticipar el reparto y evitar conflictos entre herederos.”
  • “En comunidades como Madrid, Andalucía, Murcia o Castilla y León, las donaciones entre padres e hijos pueden tener bonificaciones similares a las herencias.”
  • “El donante puede establecer condiciones, reservas de uso o cláusulas de reversión para no perder el control del bien.”

Desventajas

  • “En algunas comunidades, las donaciones tienen menos bonificaciones que las herencias.”
  • “Pueden generar ganancia patrimonial en el IRPF del donante.”
  • “La donación es, en general, irrevocable, salvo en casos muy tasados.”

¿Qué ocurre si no se declara una herencia a tiempo?

La ley establece un plazo de seis meses desde el fallecimiento para presentar el impuesto de sucesiones, prorrogable por otros seis si se solicita dentro del periodo inicial. Pero, como advierte Alegría Cuevas:

“No hacerlo puede acarrear recargos, intereses de demora e incluso sanciones de hasta el 150 % del impuesto no ingresado.”

Además, añade que “la falta de presentación impide inscribir los bienes en los registros oficiales, lo que bloquea su uso, venta o transmisión legal”.

Por último, recuerda que aunque la deuda prescribe a los cuatro años desde que terminó el plazo voluntario, “la Administración puede iniciar procedimientos de comprobación y exigir el pago con recargos. Lo más recomendable es regularizar la situación cuanto antes.” 

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