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Muchas parejas se han encontrando estos días con una buena noticia: durante la nueva normalidad es posible celebrar bodas y hacerlo con unas medidas que, en muchos casos, no suponen un gran impedimento para los novios. "Las parejas van encontrando las nuevas medidas más acordes con sus expectativas de celebración y ya están empezando a festejar", nos explicaba la wedding planner Sira Antequera. Una de las dudas que más asalta a quienes están organizando su boda y tienen previsto darse el 'sí, quiero' en los próximos meses es si podrán tener o no baile. Esta decisión, la de las fiestas en las bodas, está condicionada por las mismas normas que regulan la apertura de locales de ocio nocturno. Y, como explican desde la Federación Nacional de Empresarios de Ocio y Espectáculos, las normas varían en cada Comunidad Autónoma. Te las detallamos a continuación.

*Estas medidas podrán ir sufriendo modificaciones dependiendo de cómo evolucione la situación. La última actualización de la normativa es del 23 de julio de 2020.

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Cantabria

En esta Comunidad Autónoma las discotecas pueden abrir con un tercio de aforo y sin pista de baile.

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Cataluña

Desde el 24 de julio está suspendida la actividad en discotecas, salas de baile, salas de fiesta con espectáculos y aquellas actividades musicales con pistas de baile o espacios habilitados.

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País Vasco 

Apertura de discotecas y locales de ocio nocturno con 60% de aforo, sin pista de baile, pero es posible instalar mesas en su lugar –con las debidas distancias de seguridad–. 

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Baleares

Siempre que la discoteca tenga un aforo igual o inferior a 300 personas se permitirá su apertura con un 75% del aforo y sin pista de baile

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Castilla-La Mancha

Podrá haber discotecas con 75% de aforo, pero en las provincias que componen la comunidad no está permitida la pista de baile.

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Castilla-León

Están permitidas las discotecas que podrán abrir con un tercio de aforo, pero sin pista de baile. 

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Aragón

Desde el 14 de julio en esta Comunidad Autónoma se ha decretado el cierre de locales de ocio nocturno y discotecas en Zaragoza capital y su comarca y Huesca capital.

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Extremadura

Los extremeños podrán disfrutar de discotecas sin superar el 70% del aforo y sin pista de baile. 

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Canarias

En las islas se permite la apertura del interior de los locales con el 70% del aforo, con un límite máximo de 300 personas para lugares cerrados y de 1.000 al aire libre. Eso sí, siempre manteniendo la distancia interpersonal o, en su defecto, utilizando mascarilla.

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Navarra

La Comunidad Foral permite la apertura de discotecas y locales de ocio nocturno con un 75% de aforo, sin pista de baile y con la posibilidad de instalar mesas en su lugar. 

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Comunidad Valenciana

Apertura de locales de ocio nocturno con un 33% de aforo, está permitida la instalación de terrazas, pero no habrá pista de baile. Además, en Gandía está suspendida la actividad desde el 18 de julio.

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Comunidad de Madrid

La apertura del interior de los locales y de las discotecas está permitido con un 40% del aforo de seguridad y sin pista de baile.

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Andalucía

La pista de baile tampoco está permitida en ninguna de las ocho provincias andaluzas, en las que los locales de ocio nocturno podrán abrir con un 40% de aforo.

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Murcia

En el municipio de Murcia el aforo se mantiene al 50% de su capacidad. En el resto de la región hay una suspensión de actividad en el interior de los locales, excepto pubs, bares de copas y de ocio nocturno que podrán desarrollar su actividad en el interior de los locales hasta las 22:00 horas. Está permitida la actividad en terrazas al aire libre hasta las 2:00 horas. En Totana se ha regresado a fase 1, por lo que está suspendida la actividad.

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La Rioja

Las discotecas podrán tener un 75% del aforo, será necesario garantizar una distancia interpersonal de 1,5 metros y no habrá pista de baile.

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Asturias

Las discotecas podrán abrir con un 50% del aforo, sin pista de baile. En las terrazas al aire libre se debe garantizar la distancia de seguridad de 1,5 metros.

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Galicia

En la comunidad se permite la apertura con un 66% del aforo y pista de baile con una ocupación que en ningún caso sea superior a la que resulte de la asignación de tres metros cuadrados de pista por cada usuario. 

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