¿Cuánto dura una baja por maternidad?
Tal y como nos explica el abogado Jesús Pascual López, socio y director del departamento de Derecho de Trabajo en dPG Legal, la baja por maternidad es un período de descanso laboral por el nacimiento de un hijo, su adopción, guarda y/o acogimiento. Una baja que, si se cumple con los requisitos de cotización, llevará aparejada una prestación por maternidad o paternidad.
Con respecto a la duración, hay que atender a dos situaciones diferentes:
- Si se trata de la madre biológica, será de 16 semanas, ampliable según diferentes supuestos, como, por ejemplo, un parto múltiple. Esas 16 semanas se dividen en dos partes diferentes: una obligatoria de 6 semanas ininterrumpidas, inmediatas al parto, y otra voluntaria de 10 semanas. Esta última puede disfrutarse justo después de la obligatoria (es decir, de forma interrumpida), o bien distribuirlas en periodos semanales, o en régimen de jornada completa o parcial desde que termina el periodo obligatorio hasta que el pequeño cumpla 12 meses.
- Casos de acogimiento, guarda o adopción. Este año, 2020, cada progenitor dispone de 6 semanas obligatorias (ininterrumpidas, inmediatamente después resolución judicial o decisión administrativa, y a tiempo completo), y otras 16 semanas voluntarias, que se pueden distribuir entre los dos progenitores, de manera ininterrumpida en los 12 meses siguientes a resolución judicial o decisión administrativa. Para cada uno de ellos, el máximo será de 10 semanas.
Sin embargo, el experto nos comenta que habrá un cambio a partir del próximo año para estos casos. La duración total para cada progenitor será de 16 semanas: 6 obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa, inmediatamente posteriores a la fecha de la resolución judicial o decisión administrativa. Y las 10 semanas restantes, en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, dentro de los 12 meses siguientes a la resolución judicial o decisión administrativa.