Bases de la promoción
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BASES DEL CONCURSO “HOLA FASHION”

1.- OBJETO

El concurso denominado “HOLA FASHION” organizado por BLUESBLOCK, S.A. (en adelante BLUESBLOCK), con domicilio en C/ Uribitarte, 18, Bizkaia y CIF: A-84949098, es el operador organizador del concurso, denominado “HOLA FASHION” (en adelante, el “Concurso”), mediante la numeración facilitada por la mercantil Jet Multimedia España, S.A. como Operador de telecomunicaciones con domicilio en Madrid, Calle Vía de los Poblados, 3.

2.- NORMAS APLICABLES AL CONCURSO

El concurso se rige por las presentes reglas particulares accesibles en la dirección www.jetmultimedia.es/bases , así como por la Reglamentación básica aprobada por Orden EHA/3084/2011, de 8 de noviembre, y sus normas de desarrollo. El mero hecho de la participación, por cualquier de los medios contemplados en estas reglas implica la aceptación incondicional de las mismas, así como del contrato de concurso, sin perjuicio de la aceptación expresa posterior de éste en caso de obtención de premio.

3.- ÁMBITO TERRITORIAL DE LA PROMOCIÓN

La promoción será de ámbito nacional.

4.- ÁMBITO TEMPORAL DE LA PROMOCIÓN

  • El Concurso se realizará entre los días del 22 de marzo del 2017 a las 8 horas al 5 de abril del 2017 a las 10 horas.
  • BLUESBLOCK, S.A. organizará mensualmente un concurso en la revista Hola Fashion. Las fechas tanto de inicio como de finalización del mismo aparecerá reflejadas en la propia revista.
  • BLUESBLOCK, S.A. se reserva al derecho de cambiar las fechas de la promoción según necesidades editoriales de la revista HOLA.

5.- DESTINATARIOS DE LA PROMOCIÓN

Podrán participar en el Concurso todas aquellas personas físicas, mayores de 18 años que sean residentes dentro del territorio español y titulares de la línea telefónica a través de la que deseen participar, que actúan conforme al procedimiento aquí descrito. No podrán participar los empleados ni sus familiares directos (incluyendo las parejas de hecho), de los organizadores ni de Jet Multimedia España S.A. ni de la Revista HOLA. Se podrá invalidar cualquier participación de personas que hayan sido asistidas por quienes tienen prohibida su participación.

6.- MEDIOS DE PARTICIPACIÓN

El Concurso consiste en enviar un SMS al 27565 y/o una llamada al 905455464 con los códigos e instrucciones que se darán en una página dentro de la revista “Hola Fashion” y que se llevará a cabo cada mes, en las fechas que se señale en la propia página.

Podrán participar en este Concurso todas aquellas personas mayores de edad, con residencia legal en España, que durante el plazo de vigencia del concurso, alternativamente:

  • Llamen al número de teléfono 905 habilitado al efecto, y que se publicitará en la revista Hola Fashion, mediante el número de teléfono desde el que participe. El coste máximo de la llamada es 1,45€ desde red fija impuestos incluidos y de 2€ desde red móvil impuestos incluidos, siendo necesaria una (1) llamada para poder participar. Cada una de las llamadas efectuadas por los usuarios tienen la consideración de una participación, es decir 1 Llamada = 1 Participación.
  • Enviar un mensaje de texto (SMS) desde un teléfono móvil al número corto que se publicite con la palabra clave que se publicite en la revista Hola Fashion. El coste de cada SMS es de 1,45€ IVA incluido, siendo necesario el envío de un (1) mensaje para poder participar. Cada SMS enviado por los usuarios tienen la consideración de una participación, es decir 1 SMS = 1 Participación.

7.- PAGO DE LA PARTICIPACIÓN

El participante se obliga a realizar el pago por su participación en el concurso. Los únicos medios de pago admitidos son el cargo en su factura por el servicio telefónico de la llamada o del sms (o en su saldo, en caso de clientes de telefonía con modalidad tarjeta) del importe de las llamadas realizadas o los sms enviados. A fin de verificar el cumplimiento de esta obligación, el participante estará obligado, en caso de resultar ganador, a acreditar documentalmente el pago de la factura (o, en su caso, el cargo en su saldo de tarjeta) en la que se reflejen los sms enviados y llamadas realizadas, y a manifestar su conformidad con estos cargos por parte de su operador.

8.- MECÁNICA DEL CONCURSO

Si el lector (en adelante, el “Participante”) desea optar al premio del concurso, sólo tendrá que participar mediante los métodos indicados en la regla "MEDIOS DE PARTICIPACIÓN". De entre todas las participaciones recibidas un sistema informático extraerá de forma aleatoria el día del cierre del concurso UN (1) ganador y CINCO (5) suplentes. Cada Ganador así determinado será contactado por la organización. El nombre del ganador se publicará en el siguiente número de la revista ¡Hola! Fashion.

9.- INFORMACIÓN, RECLAMACIONES E INCIDENCIAS

Para cualquier información, reclamación e incidencia que guarde relación con el desarrollo y ejecución del concurso interactivo anteriormente descrito, el participante deberá dirigirse a la empresa Bluesblock S.A. con domicilio en Apartados de Correos 47081 – 28080 Madrid y teléfono 902.88.66.53. Asimismo, el participante podrá dirigir cualquier reclamación a la dirección info@bluesblock.es , disponible también a través de la web www.bluesblock.es.

Bluesblock, S.A. únicamente tramitará las reclamaciones que se reciban dentro de los tres meses siguientes a la fecha de celebración del concurso. Una vez recibida la reclamación, se registrará la fecha y la hora de su reclamación y se facilitará al participante una referencia que identifica su reclamación.
Bluesblock, S.A. decidirá sobre su reclamación y le comunicará el contenido de dicha decisión en el plazo de un mes desde que la misma fue recibida.

10.- PREMIO

El premio objeto del concurso es:

  • Un (1) bolso de la firma ETRO. Bolso con impresión tribal con mezcla de estampados multicolores. El tejido está hecho de plástico impreso con asa en piel de becerro. Valorado en 550 euros.
    Los premios de los siguientes concursos aparecerán reflejados en una página de la revista Fashion junto a las fechas de inicio y fin del mismo y la mecánica de participación.
Probabilidad de ganar La probabilidad teórica, por cada participación recibida por el usuario, y por la extracción del ganador de cada concurso se distribuye de la siguiente manera:

% Probabilidad = Nº Participaciones Concursante / Nº Participaciones Totales Recibidas

11.- PAGO DE LOS PREMIOS

Los premios de los concursos regulados en las presentes bases están sujetos, para su perceptor persona física, al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en concepto de ganancia patrimonial, a integrar en la base imponible general de dicho Impuesto según lo previsto en el artículo 48 de la Ley 35/2006 reguladora del mismo.

En caso de que los premios superen los 300€, Hola S.L. practicará la correspondiente retención e ingreso a cuenta sobre el premio entregado en función de la retención vigente y lo abonará en su nombre  y en su momento, expedirá la oportuna certificación que facilite al participante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que incorporar en su declaración de IRPF.

12.- REQUISITOS PREVIOS AL PAGO

El participante que resulte ganador será contactado telefónicamente. El ganador debe comunicar al Organizador su aceptación de ser el ganador en un plazo de 2 días hábiles a contar desde la fecha de la comunicación. Junto a esta aceptación el ganador deberá enviar toda la documentación que se le requiera para comprobar su identidad como puede ser la fotocopia de su DNI. En el caso de que el ganador no envíe dicha aceptación o la documentación requerida, se pasará a la lista de suplentes, a quienes se les dará un plazo adicional de dos días (2 días) para aceptar el premio. Si el ganador y/o suplentes no pueden ser contactados (por causa no imputable al Organizador), el premio quedará declarado desierto En resumen, el ganador deberá remitir en el plazo máximo de 2 días hábiles desde que sea requerido por el operador de concurso, la carta de aceptación de ganador que se le facilitará acompañado de la siguiente documentación: a) La acreditación de la identidad del ganador, a cuyo fin éste deberá aportar su nombre y apellidos, DNI, domicilio completo y teléfono de contacto, pudiendo serle requeridos los documentos pertinentes. b) La acreditación de que el ganador, o el titular del teléfono desde el que se ha participado, está al corriente en el pago de sus recibos telefónicos, en concreto si ha pagado la factura telefónica de las llamadas que realizó al Concurso para participar en él a través del número 905 de llamadas masivas, o de SMS. Previo al abono de los premios obtenidos por los participantes, el operador constatará que los participantes no están incursos en ninguna causa de prohibición subjetiva de las referidas en las letras a), b) y c) del número segundo del artículo 6 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego. El operador únicamente podrá abonar los premios obtenidos por los participantes que no estuvieran incursos en prohibición subjetiva. En todo caso, el operador se atendrá al procedimiento que establezca la Comisión Nacional del Juego para la notificación de los supuestos en que un participante incurso en causa de prohibición subjetiva hubiera obtenido un premio, y a las medidas que, en su caso, hubieren de adoptarse en estos casos. Realizados todos estos trámites, la entrega del premio se efectuará en el plazo máximo de 45 días naturales.

13. SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DEL CONCURSO

En caso de cancelación o interrupción definitiva del concurso por cualquier causa que impida su desarrollo, y si no resulta posible, de conformidad con estas reglas particulares, proceder a la determinación de un ganador, el participante tendrá derecho al reembolso de las cantidades pagadas, que se efectuará por el mismo medio utilizado para pagar la participación, es decir mediante el abono o retrocesión en su factura del servicio de telefonía del importe de las llamadas efectuadas o mensajes enviados. Como quiera que este procedimiento depende, en última instancia, de cada operador de telefonía, en aquellos casos en que éstos no acepten o no puedan proceder al abono, el operador reembolsará a los participantes mediante un cheque bancario o transferencia. A tal fin, y puesto que el operador desconoce la identidad de los participantes, éstos deberán remitir una solicitud, mediante el formulario que obtendrán en la web del operador, a la que acompañarán la documentación que en cada caso se requiera, y muy especialmente la factura que acredite que han realizado y pagado las llamadas o mensajes. En caso de suspensión o aplazamiento el operador podrá optar entre la devolución conforme a los párrafos precedentes o el mantenimiento de las cantidades jugadas para el momento en que el concurso se reanude. En todo caso, el operador garantizará la igualdad de probabilidades para todas las participaciones, con independencia del momento en que se hayan efectuado.

14) INGRESOS

Todos los ingresos obtenidos para Hola S.L. a través de las llamadas al 905 ó SMS al 27565 serán destinados a la FUNDACIÓN INTHEOS.

15) LIMITACIONES

15.1) La revista, JetMultimedia España y Bluesblock S.A. no se hacen responsables de las incidencias de todo tipo (por ejemplo: imposibilidad de registrar a algún participante, interrupción de la comunicación, etc. ...) que tengan su origen en un supuesto de fuerza mayor derivado de causas tales como una avería en la red telefónica, informática o eléctrica, que hayan sido causados por agentes externos naturales, (atmosféricos, climatológicos), o bien sean consecuencia de un defectuoso funcionamiento de las Compañías suministradoras de dichos servicios.

15.2) La revista, JetMultimedia España y Bluesblock S.A. no se responsabilizan de las incidencias o de los daños que puedan producirse en el envío, concertación o desarrollo de los premios que sean imputables a los proveedores contratados, transportistas o al servicio de correos.

15.3) Asimismo la revista, JetMultimedia España y Bluesblock S.A. tampoco se responsabilizan de los defectos de fabricación o vicios ocultos que puedan existir en los premios objeto del post-sorteo que sean imputables a las empresas fabricantes, distribuidores o concesionarios de los mismos.

15.4) Tampoco se responsabilizan por la imposibilidad de registrar a algún participante por error en la captura de los datos o por la existencia de grabaciones inaudibles, o con datos incompletos o erróneos.

16) PROTECCION DE DATOS

A los efectos de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, BLUESBLOCK, S.A. (en adelante, “Bluesblock”) informa a los Participantes de la incorporación de los datos de carácter personal que faciliten en ejecución de esta Iniciativa, a los ficheros automatizados titularidad de aquélla, así como del tratamiento automatizado al que van a ser sometidos con la finalidad de ser empleados para esta actividad operativa o de gestión de esta iniciativa y para la realización de cualquier actividad publicitaria, promocional o de marketing solo de Hola S.L. Los Participantes consienten expresamente que los datos así recogidos se cedan a HOLA, SL. La Fundación Intheos podrá hacer uso de la base de datos una única vez.

Bluesblock, con domicilio en C/ Uribitarte, 18, Bizkaia, como responsable del fichero, garantiza a los Participantes el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos facilitados, debiendo remitir por escrito la concreta solicitud a la Unidad de Protección de Datos del titular. De igual modo, Bluesblock se compromete, en la utilización de los datos incluidos en el fichero, a respetar su confidencialidad y a utilizarlos de acuerdo con la finalidad del fichero. En la petición, se deberá adjuntar la siguiente información:

  • Nombre, apellidos y DNI
  • Iniciativa en la que ha participado
  • Derecho que desea solicitar y contenido de su petición
  • Número de teléfono sobre el que se desea ejercer el derecho anterior.

17.- MODIFICACIÓN DE BASES Y LEY APLICABLE.

El Organizador se reserva el derecho de retirar o cambiar el Concurso por motivos técnicos, operativos, comerciales, o de audiencia, modificando en lo necesario las presentes Bases.

La participación en este Concurso supone la aceptación expresa de las presentes bases y la sumisión expresa de las decisiones interpretativas que de las mismas efectúe el Organizador.

En caso de divergencia entre los Participantes y la interpretación de las presentes bases por parte del Organizador, serán competentes para conocer de los litigios que puedan plantearse los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid, renunciando expresamente los Participantes al fuero que pudiera corresponderles.

18.- PROTOCOLARIZACIÓN

Las Bases de la presente Promoción serán depositadas ante el Notario de Madrid, D. Jose María Mateo Salgado, con domicilio en C/ Castelló, 37, 1º (28001) de Madrid quedando a la libre disposición de los participantes y consumidores en general.