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Bolsa modelo de cómo transportar los productos permitidos
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| Tras los ataques terroristas del 11S en Nueva York y del 7J en Londres, las Autoridades de EEUU y del Reino Unido incorporaron nuevas normativas y restricciones para aquellos pasajeros que tomaran vuelos desde sus aeropuertos. Estas medidas se endurecieron tras las tramas desmanteladas este verano por la Policía inglesa y norteamericana. Ahora, estas medidas restrictivas han sido también adoptadas por la Unión Europea (UE).
Hoy 6 de noviembre entra en vigor un nuevo Reglamento de Seguridad aprobado por los países de la UE. En él se establece una lista de productos que los pasajeros no podrán llevar en su equipaje de mano. Entre ellos se encuentran: líquidos (se incluyen agua y otras bebidas, sopas o siropes), artículos de cosmética (tales como geles, perfumes, champúes, pasta de dientes, máscaras de pestañas, lociones, aceites, aerosoles (espumas de afeitar, o desodorantes, entre otros) y todos los artículos que tengan una consistencia similar.
No obstante, el nuevo reglamento incorpora y especifica una serie de excepciones a tener en cuenta por los pasajeros. En primer lugar, se permite un número limitado de productos de aseo en el equipaje de mano. Todos ellos deben ir en envases de 100 ml como máximo y su capacidad no puede ser superior a un litro. Todos ellos deben estar depositados en bolsas de plástico cerradas con adhesivo o cremallera y presentarse por separado al resto de equipaje. Además aquellos pasajeros que viajen con bebés podrán llevar leche o zumo. Se permite, a su vez, llevar productos dietéticos, medicamentos, así como insulina y otras medicinas en cantidades suficientes para el vuelo. En este caso, se debe presentar, en los controles de seguridad, su prueba de autenticidad correspondiente.
Por último, se permite a los pasajeros llevar cualquier artículo adquirido en cualquiera de las tiendas de los aeropuertos comunitarios así como los objetos comprados a bordo de los aviones. Todos ellos deben ir en bolsas selladas, con sus respectivos comprobantes de compra, y no deben abrirse hasta su destino final.
Todos aquellos productos que no estén incluidos dentro de las excepciones que marca la nueva normativa serán retirados de los pasajeros en los controles de seguridad. Dichas medidas no tienen validez sobre el equipaje facturado y serán aplicadas a todos los pasajeros y a todos los vuelos que partan de aeropuertos de la Unión Europea así como de los areopueros de Islandia, Noruega y Suiza.
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